ORDENANZA N°26-1995-PAGO A TODOS LOS CONCEJALES GASTOS DE REPRESENTACIÓN
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 26/95
VISTO:
Los términos de la Ordenanza Nº 23/95 del Honorable Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma, se establece para todo concejal Electo en el Municipio de José de San Martín, la incompatibilidad de percibir sus correspondientes Gastos de Representación en forma simultanea con toda otra remuneración de cualquier tipo que estuviese a cargo del Estado nacional o Provincial,
Que la mencionada Ordenanza ha sido sancionada por el Cuerpo Legislativo del período anterior,
Que el actual Cuerpo Legislativo cree necesaria la equitatividad de condiciones para todos los miembros del mismo.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Derogase a partir de la sanción de la Presente Ordenanza, la similar Nº 23/95 HCD, en todos sus términos.-
Artículo 2º.- Abónese a todos los concejales del Municipio de José de San Martín, sus correspondientes Gastos de Representación, el que será igual al monto que percibirán los integrantes del concejo Deliberante anterior.-
Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 29 días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y cinco.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones Promulga la presente ordenanza, registrada bajo el Nro 26/95.-
