ORDENANZA N°36-1994-CONVENIO CON LOTERIA REALIZACIÓN BINGO MUNICIPAL
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 36/94
VISTO:
El convenio suscripto entre el Municipio de José de San Martín, a través de su Intendente Don Nelson Fabián Urrutia y el Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia del Chubut, representado por el Gerente General Dr. Enrique Aníbal Miglione, y
CONSIDERANDO:
Que el mismo se suscribe con la finalidad de aceptar la Permisión Oficial para la explotación y comercialización del juego denominado BINGO en esta localidad,
Que mediante este Convenio, el Municipio se obliga a invertir los fondos obtenidos de dicho juego, en actividades de Acción Social tendientes al beneficio de la localidad,
Que asimismo se dejan estipuladas demás cláusulas, que hacen al compromiso asumido por las partes de conformidad.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébese y ratificase en todos sus términos, el Convenio descripto entre la Municipalidad de José de San Martín y el Instituto Provincial de Lotería y Casino de la Provincia del Chubut.-
Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 03 días del mes de Noviembre del año mil novecientos noventa y cuatro.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro. 36/94.-
