ORDENANZA N°07-1993-RATIFICAR ACUERDO ENTRE EL MUNICIPIO Y EL GOBIERNO PROVINCIAL

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 07/93

VISTO:

         El acuerdo suscripto entre los Intendentes Municipales de la Provincia del Chubut, con el Sr. Gobernador de la Provincia, Don Carlos Maestro, con fecha 27 de Abril de 1993, y

CONSIDERANDO:

         Que dentro de este acuerdo, no enmarco el Municipio de José de San Martín, a través de su Intendente,

         Que conforme a lo acordado, el gobierno Provincial realizará negociaciones con el Gobierno Nacional, para la utilización de los Bonos de Consolidación de deudas por Regalías Hidrocarburiferas,

         Que se realizará una compensación de débitos y Créditos entre la Provincia y la Municipalidad,

         Que se acuerda un tratamiento impositivo justo y equitativo para los bienes fiscales,

         Que se establece un principio para la descentralización de funciones entre la Provincia y la Municipalidad,

         Que se implementa un sistema de información sobre la totalidad del sector fiscal provincial,

         Que dicho acuerdo debe ser avalado mediante Ordenanza sancionada por este Cuerpo,

POR ELLO:

          El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le otorga la ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Ratificar y avalar en todo sus términos, el acuerdo celebrado entre el Municipio de José de San Martín, a través de su Intendente, Sr Nelson Fabián Urrutia, y el Sr. Gobernador de la Provincia del Chubut, Don Carlos Maestro, con fecha 27 de Abril de 1993.-

Artículo 2º.- Remitir copia de la presente ordenanza al Sr. Ministro de Económica, Servicio y Obras Públicas de la Provincia del Chubut.-

Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese, al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, cumplido archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 28 días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y tres.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales, promulga la presente ordenanza bajo el Número 07/93.-  

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