ORDENANZA N°08-1993-INCORPORAR AL PRESUPUESTO GENERAL LOS BONOS
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 08/93
VISTO:
El aporte recibido del Gobierno Provincial en el marco del acuerdo suscripto, entre la Provincia a través del Sr. Gobernador, con los distintos Municipios, incluido el de José de San Martín, referente a la utilización de los Bonos de Consolidación de Deudas por Regalías Hidrocarburiferas, y
CONSIDERANDO:
Que a los fines de disponer de los mismos, resulta necesario incorporarlo al presupuesto General de Recursos del Municipio,
Que asimismo resulta conveniente, otorgar facultad al Departamento Ejecutivo Municipal, para que de acuerdo a su Plan de gobierno, efectúe la distribución del aporte citado, a las partidas de gastos correspondientes,
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las facultades que le otorga la ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Incorporar al Presupuesto General de Recursos, Ejercicio 1993 del Municipio de José de San Martín, la suma de Pesos Noventa y dos mil cuatrocientos cincuenta y dos con cuarenta y cinco centavos ( $ 92.452,45).-
Artículo 2º.- Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a distribuir el monto ingresado por el Artículo anterior a las partidas Presupuestarias de Egresos correspondientes.-
Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 09 días del mes de junio de mil novecientos noventa y tres.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro. 08/93.-
