ORDENANZA N°07-1989-VALORES DE TERRENOS FISCALAES

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 07/89

VISTO:

          Que en la localidad, hay gran cantidad de viviendas construidas sobre terrenos fiscales, lo que hace necesario dar un valor para su tasación y venta, y

CONSIDERANDO:

           Que se debe fijar un monto por metro cuadrado, (m2),

           Que asimismo, a los efectos de promocionar la edificación, es necesario fijar una tarifa promocional,

POR ELLO:

            El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Fijase el valor del m2 de tierra fiscal, en la localidad de José de San Martín, para la zona “A”, delimitada por las calles Rió Negro, Tehuelches, Perito Moreno y Rawson, en Australes Diez con Veinte Centavos (10,20); para la zona “B”, que comprende el resto del ejido urbano en Australes Ocho con Veinte Centavos, ( A 8,20).-

Artículo 2º.- Para los terrenos edificados, y/o que se encuentren en edificación, se aplicará una tarifa preferencial del Cincuenta por Ciento, ( 50 %), sobre el valor fijado en el Artículo Primero.-

Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 23 días de Enero de mil novecientos ochenta y nueve.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Número 07/89.-

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