ORDENANZA N°19-1988-PROYECTO RECURSOS Y PRESUPUESTO GENERAL

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 19/88

VISTO:

           El Proyecto de cálculos de Recursos y Presupuesto General de Gastos, y

CONSIDERANDO:

           Que se han tenido en cuenta las disposiciones reglamentarias que rigen la materia, las posibilidades de ingresos y las necesidades administrativas y de la Comunidad,

POR ELLO:

            El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Fijase en la suma de Australes UN MILLONTRESCIENTOS VEINTICINCO MIL NOVENTA Y UNO (A 1.325.091,00), el total de erogaciones del Presupuesto General de la Municipalidad, para el ejercicio 1.988, que se detalla en planilla anexa Nº 1, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

Artículo 2º.- Estimase en la suma de Australes UN MILLON TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL NOVENTA Y UNO (A 1.325.091,00), el total del Cálculo de Recursos destinado a atender las erogaciones, a que se refiere el Artículo 1º de acuerdo al detalle que figura en planilla Anexa Nº 2, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

Artículo 3º.- Fijase en Catorce (14), el número de cargos de la planta Permanente del Personal y en tres (3) el de Personal Contratado, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, en Planilla Anexa Nº 3, de producirse alguna vacante en los cargos, se aplicará el Capitulo II Artículo 100, del Estatuto del personal Municipal.-

Artículo 4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, podrá disponer las reestructuraciones que considere necesarias, dentro del total de erogaciones fijadas en el Artículo 1º, con las siguientes limitaciones:

  1. El crédito para trabajos públicos no podrá transferirse a ningún otro destino.-

Artículo 5º.- Las erogaciones a atenderse con fondos provenientes de recursos y/o financiamientos afectados, deberá ajustarse en cuanto a su monto y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas y no podrán transferirse a ningún otro destino, quedando el Departamento, incorporando los aportes que con destino especifico, realicen organismos Nacionales o Provinciales.-

Artículo 6º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo, Cumplido Archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 12 días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y ocho.- 

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