ORDENANZA N°26-1988-CONSTRUCCIÓN ESCUELA SECUNDARIA NRO 9

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 26/88

VISTO:

           La Ordenanza Municipal Nº 24/88, y

CONSIDERANDO:

           Que mediante la misma, se destina el terreno identificado como Solares C y D, de la Manzana Nº 05 del Ejido Municipal, para la construcción del Edificio de la Escuela Provincial Secundaría Nº 09 Gendarmería Nacional.

            Que a los efectos de agilizar las tramitaciones, corresponde al Concejo Deliberante, ceder el terreno mencionado a la D.E.M.Y.S.,para que se posibilite la construcción del edificio citado, objetivo este, tan anhelado por la población.-

POR ELLO:

             El Honorable Concejo Deliberante, de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las facultades que le otorga la Ley Nº 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- ceder el terreno identificado como Solares C y D, de la Manzana Nº 05, en un cien por cien, ( 100 % ), constituyendo una fracción de terreno de aproximadamente 5.000 m2, el cual se encuentra limitado en la parte Sur con la Calle Urquiza, al Este con la Avenida San Martín, al Oeste con la Calle Ramón Díaz y al Norte con los Solares A y B, de la misma Manzana, a la Dirección de Enseñanza Media y Superior de la Provincia del Chubut, con destino a la construcción del edificio de la Escuela Provincial Nº 9 Gendarmería Nacional, de la localidad de José de San Martín.-

Artículo 2º.- La cesión efectuada por el Artículo anterior, tendrá vigencia a partir de la promulgación de la presente, con un plazo para la iniciación de la Obra Proyectada, de veinticuatro meses, reservándose el Municipio de José de San Martín, en caso de que la misma no se lleve a cabo en el plazo prefijado, el derecho a reintegrar el terreno cedido a su patrimonio.-

Artículo 3º.- El terreno mencionado, será provisto de los servicios de Agua y Electricidad, como así también, de la mensura correspondiente.-

Articulo 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a la Dirección de Enseñanza Media y Superior de la Provincia, y demás Organismos Provinciales de Competencia, para se instrumentación.-

                     Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 19 días del mes de Agosto de mil novecientos ochenta y ocho.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nº 26/88.-

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