ORDENANZA N°02-1986-PRORROGA TASA IMPOSITIVA
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 02/86
VISTO:
Que aún no ha sido confeccionado la Ordenanza General Impositiva para el año 1986, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario prorrogar el vigente al 31 de Diciembre de 1986, a efectos de no interrumpir la percepción de los Impuestos,
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales conferidas por la Ley 55, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Prorrogar la Ordenanza General Impositiva vigente al 31 de Diciembre de 1986, en todos sus términos, hasta tanto sea elaborado el correspondiente al año mil novecientos ochenta y seis.-
Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los días del mes de Enero del año mil novecientos ochenta y cinco.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 55 promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Número 02/86
