ORDENANZA N°06-1986-TIERRAS PARA KARTODROMO LOCAL
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 06/86
VISTO:
La solicitud presentada por el Karting Club, José de San Martín para que se le ceda en forma provisoria el predio del terreno donde actualmente se encuentra el Kartodromo, y
CONSIDERANDO:
Que el predio mencionado no se ha destinado para otro fin,
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Sedase en horma provisoria al Karting club José de San Martín, un predio de terreno ubicado entre ruta Provincial Nº 63, la calle Perito Moreno, el Aero Club Local y el Club Hípico, de una superficie aproximada de 37.500 m2, para que sea utilizado únicamente para el Kartódromo local.-
Artículo 2º.- Todas las mejoras instalaciones y/o adelantos que se efectúen dentro del predio mencionado, en el caso de no tener continuidad de practica del karting o quedara acéfalo la Comisión del Karting club José de San Martín, pasarán automáticamente a ser propiedad de la Comuna.
Artículo 3º.- Redáctese y formase un convenio entre el poder Ejecutivo Municipal y el Karting club, donde conste lo expresado en los artículos 1º y 2º de la presente Ordenanza.-
Artículo 4º.- Regístrese, Comuníquese a los interesados, Publíquese y Cumplido Archivase.-
Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los diez días del mes de Mayo del mil novecientos ochenta y seis.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 55, promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Número 06/86.-
