ORDENANZA N°17-1986-LICENCIA DEL INTENDENTE
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 17/86
VISTO:
El pedido de licencia presentado por el Sr. Intendente Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada licencia prevé una ausencia mayor de diez (10) días,
Que por tal motivo, el Departamento Ejecutivo debe quedar a cargo del Concejal Primero.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales conferidas por la Ley Nº 55, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Otorgase la licencia referida al Sr. Intendente Municipal, Don Juan Manuel DIAZ, a partir del día 18/08/86, y hasta el día 11/09/86 inclusive.-
Artículo 2º.- Facultase, en concordancia a lo dispuesto por la Ley Nº 55, al Concejal Luis Alberto BASCUÑAN, a ejercer la Intendencia durante el lapso comprendido entre el 18/08/86 al 11/09/86, con las atribuciones y deberes respectivos.-
Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 55, promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Número 17/86
