ORDENANZA N°03-1985-DONACIÓN DE TERRENO A ENCOTEL

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 03/85

VISTO:

            El expediente Nº 027335 – ENC/79, Nota Nº 02/85 mediante el cual la empresa Nacional de Correo y Telégrafos solicito se dicte una Ordenanza que reemplace la Nº 01/82, en la que  se especifiquen las medidas que tiene el nuevo plano de mensura Nº 9367, y 

CONSIDERANDO:

             Que es necesario dejar determinado definitivamente las dimensiones de dicho terreno, para de esta forma agilizar los trámites y lograr la pronta construcción del edificio ENCOTEL.-

POR ELLO:

             El Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, en uso de sus facultades sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Desafectase del Dominio Público pasando a Dominio Municipal, el solar ubicado en la manzana 45-A, cuyo fondo de 35 mts da la calle Belgrano y 30 mts de fondo entre los pasajes Dr: Roberto Adolfo GANDINI y Dr: Felipe HIGERA, con una superficie de 1.050 m2, Nº de Padrón 00439, según lo especifica plana de mensura Nº 9367.-

Artículo 2º.- Dónese a la Empresa Nacional de Correo y telégrafo ENCOTEL el terreno desafectado por el Artículo anterior cuya delimitación especifica el plano de mensura Nº 9367 registrado el 13-11-84 en la Dirección de Catastro y Geodesia de la provincia del Chubut.-

Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

                     Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 23 días del año mil novecientos ochenta y cuatro.-

POR LO TANTO El Intendente Municipal de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nº 03/85.-

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