ORDENANZA N°32-1985-PRESTAMO DE PROVINCIA PARA COMPRA DE DOS CISTERNAS
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 32/85
VISTO:
El expediente Nº 12 (doce)/ 85, y
CONSIDERANDO:
Que es imperiosa necesidad procurar los fondos para adquirir dos (2) cisternas con los conjuntos de accesorios para las bocas de expendio de combustible,
Que a través de los trámites efectuados ante el gobierno de la Provincia del Chubut, existe la posibilidad de acceder a un préstamo para el fin anunciado,
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, en uso de sus facultades legales que le confiere la Ley Nº 55 sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a contraer un préstamo con el Gobierno de la Provincia del Chubut, de hasta A 5.000.- el que será devuelto en diez cuotas iguales sin intereses. El préstamo de referencia será destinado a financiar la compra de dos (2) cisternas con accesorios para las Bocas de Expendio de Combustible.-
Artículo 2º.- A los sesenta días (60) de ser aplicado, se rendirá la inversión al tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut.-
Artículo 3º.- La Provincia del Chubut queda facultada a retener de las sumas que correspondan a la Municipalidad en concepto de Coparticipaciones de Impuestos Nacionales y/o Provinciales, los montos que sean necesarios para el caso que el Municipio no abone en tiempo y forma las cuotas del mencionado préstamo.-
Artículo 4.- Regístrese, Comuníquese al tribunal de Cuentas, al Departamento Municipal y cumplido Archivese.-
Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 18 días del mes de Septiembre del año 1985.-
POR LO TANTO: El Intendente de José de San Martín en uso de sus atribuciones legales conferidas por el artículo 78 promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nº 32/85.-
