ORDENANZA N°03-1984-NOTIFICACIÓN DE PRESTAMO DE MATERIALES
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 03/84
VISTO:
El informe y documentación puesta a disposición de este concejo y,
CONSIDERANDO:
En los mismos que en ejercicios anteriores se ha presentado diversos elementos y materiales, siendo los mismos necesarios para ejecutar obras este Honorable Concejo sanciona la siguiente.
ORDENANZA
Artículo 1º.- Notificar y emplazar a toda persona e instituciones que hayan recibido en préstamo con cargo a devolución materiales o elementos para la construcción.
Artículo 2º.- En un término no mayor de 30 días efectuar la devolución correspondiente.
Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del pueblo de José de San Martín, de la Provincia del Chubut, a los 02 días del mes de febrero del año 1984.-
POR LO TANTO: El Intendente de José de san Martín en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 78 promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nro 03/84.-
