ORDENANZA N°07-2011-CONSTRCCION DE 3 VIVIENDA PERSONAL DE SALUD

Honorable Concejo Deliberante

VISTO: 

           El convenio ejecutivo firmado entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano (I.P.V y D.U.) y el Ejecutivo Municipal tendiente a la ejecución de la obra denominada “CONSTRUCCION DE TRES (3) VIVIENDAS DE SERVICIO PARA PERSONAL DE  SALUD”; y 

CONSIDERANDO:

           Que el monto comprometido para la realización de la obra es de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL TREINTA CON NOVENTA Y SEIS CENTAVO ($ 450.030.96).-

          Que la misma puede ser ejecutada por administración municipal o a través de terceros contratista.-

POR ELLO:

          El Honorable concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 046 sanciona la presente 

ORDENANZA

Articulo 1º: Derogar en todos sus términos  la Ordenanza Nº 08/10 HCD-JSM.-

Articulo 2º APRUEBASE íntegramente en convenio suscripto entre la Corporación Municipal y el Instituto provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano de la Pcia del Chubut en relación a la obra denominada “CONSTRUCCION DE TRES VIVIENDAS DE SERVICIO PARA PERSONAL DE SALUD”, autorizando al Departamento Ejecutivo Municipal a proyectar y ejecutar los trabajos íntegros y conducentes para la realización de la obra, sea por administración propia o a través de terceros.-

Articulo 3º: IMPUTESE el gasto a la cuenta y/o Partida Obra Publicas.-

Articulo 4º: Refrendan con su firma la presente ORDENANZA  los miembros integrantes del consejo Deliberante de la localidad de José de San Martín.-

Articulo 5º: Regístrese, comuníquese y cumplido ARCHIVESE.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JOSE DE SAN MARTÍN, PROVINCIA DEL CHUBUT, EN SESION                            DEL DIA       DE                      DEL AÑO 2011, ACTA Nº         /11 HCD-JSM.-

POR LO TANTO: El Ejecutivo Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales. Promulga la presente Ordenanza Registrada bajo Nro.         /11.- 

JOSE DE SAN MARTÍN;           DE                              DEL AÑO 2011.-

Scroll al inicio