ORDENANZA N°01-2010-ADHERIRSE A LA LEY 4332 MAYORES DE LA TERCERA EDAD

Honorable Concejo Deliberante

VISTO:

           Que la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, no se encuentra adherido a la Ley I – Nro 193, y

CONSIDERANDO:

           Que a los mayores de José de San Martín, se encuentran sin un instrumento legal que los proteja, y la provincia del Chubut, tiene las Leyes vigentes, para que no ocurra en cualquier de los casos, el estado de abandono, para ello el estado, la sociedad y la familia debe velar por el cuidado de los mayores de 60 años,

POR ELLO:

            El Honorable Concejo de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nro 46, sanciona la presente.-

O R D E N A N Z A

Artículo 1º.- ADHIERASE la Municipalidad de José de San Martín a la Ley Provincial LEY I – Nro 193, como instrumento legal a Promoción y Protección Integral para la Tercera Edad.-

Artículo 2º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir acuerdos o convenios con la autoridades provinciales.-

Artículos 3º.- Refrendan con su firma la presente Ordenanza los miembros integrantes del Concejo Deliberante de José de San Martín.-

Artículo 4º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y cumplido Archivase.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades que le son propias PROMULGA a la presente ORDENANZA registrada bajo el Nro 001/10 M.J.S.M.

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