ORDENANZA N°16-2001-ADHERIR LEY PROVINCIAL NRO 4666
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 16/01
VISTO:
La Ley 4666, y
CONSIDERANDO:
La necesidad de adhesión a la misma en caso de requerir este municipio créditos de Organismos Financieros nacionales o Internacionales, con garantía del Estado Provincial.-
POR ELLO:
El Honorable concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, en uso de las atribuciones que le acuerda la Ley 3098 sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Adherir en todos sus términos a la Ley Provincial nº 4666.-
Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, la Ministerio de Gobierno de la Provincia del Chubut.-
Artículo 3º.- Regístrese, cumpliméntese y Archivase.-
Artículo 4º.- De Forma.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión extraordinaria del día 18 del mes de Julio del año dos mil uno.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, promulga la presente Ordenanza bajo el Nº 16/01.-ORDENANZA 16/01
VISTO:
La Ley 4666, y
CONSIDERANDO:
La necesidad de adhesión a la misma en caso de requerir este municipio créditos de Organismos Financieros nacionales o Internacionales, con garantía del Estado Provincial.-
POR ELLO:
El Honorable concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, en uso de las atribuciones que le acuerda la Ley 3098 sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Adherir en todos sus términos a la Ley Provincial nº 4666.-
Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, la Ministerio de Gobierno de la Provincia del Chubut.-
Artículo 3º.- Regístrese, cumpliméntese y Archivase.-
Artículo 4º.- De Forma.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en sesión extraordinaria del día 18 del mes de Julio del año dos mil uno.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, promulga la presente Ordenanza bajo el Nº 16/01.-
