ORDENANZA N°04-2000-CONVENIO ENTRE EL MUNICIPIO Y PIONORIO BARRIONUEVO

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 04/00

VISTO:

         La finalización del convenio de Explotación de Servicios oportunamente firmado entre el Municipio el Sr. Walter Inda, acorrido el día 08 de Febrero del corriente año, y 

CONSIDERANDO:

         Que a raíz de la convocatoria e interesados a los efectos de Poder continuar con la prestación del servicio se decepcionan tres ( Tres ) propuestas,

         Que habiéndose tratado en Sesión Ordinaria del día 17 de Febrero, resulta por mayoría beneficiado la propuesta Nº 2-

POR ELLO: 

          El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Aprobar la propuesta presentada por el Sr. Pionorio Barrionuevo D.N.I.Nº 11.261.116, para Explotación y Administración del Matadero Municipal.-

Artículo 2º.- Disponer que a través del Departamento Ejecutivo se confeccione el correspondiente Convenio de Concesión, no mayor a un ( 1 ) año, sujeto a Evaluación y con opción a Renovación de considerarlo conveniente.-

Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese, cumplido Archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín a los 17 días del mes de Febrero del dos mil.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales, Promulga la presente Ordenanza, registrada, bajo el Nro 04/00.-

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