ORDENANZA N°07-1995-CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD Y LUIS ALBERTO BASCUÑAN

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 07/95

VISTO:

        El Convenio suscripto entre el Municipio José de San Martín, a través de su intendente, Don Nelson Fabián Urrutia, y el Sr. Luis Alberto Bascuñan D.N.I. Nº 10.304.267, y

CONSIDERANDO:

         Que el mismo se suscribe con la finalidad de otorgar en calidad de alquiler, un Inmueble situado en la Manzana nro 20, SOLAR –D con una superficie de 2.500 metros cuadrados, el cual será destinado por el OCUPANTE para la localización de un albergue Estudiantil de Nivel Medio.

          Que asimismo se deja estipulado las cláusulas que hacen al compromiso por las partes de conformidad.-

POR ELLO:

           El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Apruébese y ratificase en todos sus términos el convenio suscripto entre la Municipalidad de José de San Martín y el Sr. Luis Alberto Bascuñan.-

Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos cumplido archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 16 días del mes de Marzo de mil novecientos noventa y cinco.-

POR LO TANTO: El intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones Promulga la presente ordenanza registrada bajo el nro. 07/95.-

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