ORDENANZA N°13-1988-CONVENIO PROGRAMA ENTRE TODOS CALIDES
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 13/88
VISTO:
El convenio suscripto por el Departamento Ejecutivo Municipal, con el Instituto de Asistencia Social de la provincia del Chubut, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma, el Gobierno Provincial, otorga al Municipio un subsidio para la implementación del Programa ENTRE TODOS CALIDES,
Que la misma tiende a favorecer a la población cordillerana, por cuanto de esta manera se abaratarían los costos y posterior venta a los usuarios de los combustibles,
Que al Convenio mencionado fue suscripto Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante,
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las facultades que le otorga la Ley Nº 55, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Apruébese y ratificase en todos sus términos, el Convenio suscripto entre la Municipalidad de José de San Martín, y el Instituto de Asistencia Social de la Provincia del Chubut.-
Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 24 días del mes de Marzo de mil novecientos ochenta y ocho.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales que le confiere la ley Nº 55, promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nº 13/88
