ORDENANZA N°16-1988-MATERIALES DONADOS A GENDARMERÍA NACIONAL
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 16/88
VISTO:
La falta de recursos presupuestarios del Escuadrón 37 de Gendarmería Nacional, para la reparación de las viviendas de los Barrios Militares, y
CONSIDERANDO:
Que abonan por todas ellas el Impuesto Inmobiliario,
Que el mismo pueda ser reintegrado en forma de donación, para las reparaciones de las viviendas.
Que no existiría impedimento alguno para se otorgue el mismo, ya que se embellecimiento del cono urbano.
POR ELLO:
El Honorable Consejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las facultades legales, que le otorga la ley Nº 55, otorga la presente,
ORDENANZA
Articulo 1º.- El anual que por Impuesto Inmobiliario se recaude de las viviendas de servicio de Gendarmería Nacional, será destituido en materiales a esa institución, como donación equivalente al monto recaudado.
Articulo 2º.- Los materiales donados serán destinados exclusivamente al mantenimiento, refacción, y ampliación de las viviendas de servicio de Gendarmería Nacional.
Artículo 3.- Los materiales serán provistos de acuerdo al listado de materiales que se analizara en forma conjunta y de acuerdo a lo estipulado en el artículo 1º de la presente Ordenanza.-
Artículo 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 20 días de Abril de mil novecientos ochenta y ocho.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones legales, promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Número 16/88.-
