ORDENANZA N°26-1994-DECLARAR NULA LA COMISIÓN CANAL 6 T.V.

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 26/94

VISTO:

         La Resolución Municipal Nº 023/91 y Ordenanza Municipal Nº 016/91, y 

CONSIDERANDO:

         Que mediante las citadas normas legales Municipales, se otorgaba el reconocimiento a un grupo de vecinos de esta localidad, para que agrupada como Comisión llevaran adelante la instalación de un Antena Satelital,

          Que así mismo se otorgaba Autorización para la correspondiente emisión de la señal televisiva, dentro del Ejido Municipal,

           Que en tal sentido el Municipio, avalaba las acciones que a los fines correspondientes llevara adelante esta Comisión, hasta tanto, en los términos correspondiente se normalizara mediante un llamado a Asamblea General de Socios, que determinara a través de un Estatuto que los rija, los pasos a seguir,

            Que habiendo tomado conocimiento en forma no oficial de la realización de una Asamblea, de la cual no fue informado debidamente este Municipio, para su participación,

            Que así mismo según se desprende de los términos del Acta la cantidad de personas presentes no se condice minimamente con los porcentajes de Socios que debieron estar representados,

            Que por lo señalado precedentemente, existen suficientes méritos como para que este Concejo Deliberante manifieste su desacuerdo y declare nulo lo actuado en la Asamblea, y por consiguiente la comisión surgida en ella.-

POR ELLO:

            El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las facultades legales, que le otorga la Ley 3098, sanciona la presente.- 

ORDENANZA

Artículo 1º.- Declarar nula la Comisión surgente de dicha Asamblea,

  1. Por considerar que las personas presentes no alcanzan el 50 %  de los asociados.
  2. Que integrantes de la nueva Comisión no rinden la condición de socios de canal 6 T. V. Soberanía Nacional, al día de la fecha de la Asamblea.

Artículo 2º.- Ratificar a todos los miembros integrantes de la Comisión, que hasta ese entonces se venía desempeñando, en la continuidad de sus cargos, reconocidos por Resolución Municipal 023/91, hasta el 31 de Diciembre del año en Curso.-

Artículo 3º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, cumplido Archivase.-

                     Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, al los 04 días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y cuatro.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro 26/94.-

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