ORDENANZA N°30-1994-AUTORIZACIÓN ESPACIO AEREO CANAL 6 T.V.
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 30/94
VISTO:
El pedido formulado por la Comisión del Canal 6 de T.V. Soberanía Nacional, solicitando autorización para hacer uso del Espacio Aéreo dentro del Ejido Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que es intención de esa Comisión colocar en funcionamiento una emisora radial de Frecuencia Modulada, repetidora de Radio Nacional Buenos Aires,
Que la instalación de dicha emisora, no reviste carácter comercial, sino se fija como principal objetivo, el difundir las distintas expresiones culturales que a través de la emisora estatal, tienen alcance Nacional, posibilitando a los oyentes contar con un medio de comunicación que tenderá a una mayor integración con el resto del país,
Que dado el carácter de esta iniciativa, cuyo espíritu es compartido por este Cuerpo, resulta menester efectuar la aprobación correspondiente.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le confiere la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorizar a la Comisión del CANAL 6 T.V. SOBERANIA NACIONAL de José de San Martín, a la emisión de la señal de Radio en Frecuencia Modulada, como repetidora de Radio Nacional, dentro del Ejido de este Municipio, de acuerdo a las razones expuestas en el considerando de la presente.-
Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, cumplido Archivase.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 15 días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y cuatro.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones Promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Nro 30/94.-
