ORDENANZA N°14-1993-PROYECTO DE PROPUESTA GENERAL
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 14/93
VISTO:
El Proyecto de Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos, y
CONSIDERANDO:
Que se han tenido en cuenta las disposiciones reglamentarias que rigen la materia, las posibilidades de ingresos y las necesidades administrativas y de la comunidad,
POR ELLO:
El honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Fijase en la suma de pesos QUINIENTOS OCHENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ( $ 580.850,00), el total de erogaciones del Presupuesto General de la Municipalidad, para el ejercicio 1993, que detalla la planilla anexa I, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
Artículo 2º.- Estimase en la suma de pesos QUINIENTOS OCHENTA NIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ( $ 580.850,00) el total del Cálculo de Recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1º de acuerdo al detalle que figura en la planilla, anexa 2, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, podrá disponer las reestructuraciones que considere necesarias, dentro del total de erogaciones fijadas en el artículo 1º con las siguientes limitaciones:
- El Crédito para trabajos Públicos no podrá transferirse a ningún otro destino.-
Artículo 4º.- Las erogaciones a atenderse con fondos provenientes de recursos y/o financiamiento afectados, deberá ajustarse en cuanto a su monto y oportunidad, a las cifra realmente recaudadas y no podrá transferirse a ningún otro destino, quedando el Departamento Ejecutivo Municipal, facultado para reestructurar el Presupuesto, incorporando los aportes que con destino especifico, realicen organismos Nacionales o Provinciales.-
Artículo 5º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo, cumplido, archivase
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los días del mes de de mil novecientos noventa y tres.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, promulga la presente Ordenanza registrada bajo el Nro 14/93.-
