ORDENANZA N°27-1989-PEDIDO DE LICENCIA DEL INTENDENTE MUNICIPAL
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 27/89
VISTO:
El pedido de Licencia formulado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Juan Manuel Díaz, y
CONSIDERANDO:
Que la citada licencia, prevé una ausencia mayor de Diez ( 10 ), días,
Que por tal motivo, el Departamento Ejecutivo Municipal debe quedar a cargo del Concejal que ocupa el primer lugar de la lista,
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las atribuciones legales, que le otorga la Ley 3098, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Otorgase licencia al Sr. Intendente Municipal, Don Juan Manuel Díaz, a partir del día 31-07-89, y hasta el día 29-08-89, inclusive.-
Artículo 2º.- Facultase en concordancia a lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley Nº 3098, al Presidente del Honorable Concejo Deliberante, Concejal Juan Bautista Baigorria, a ejercer la Intendencia, durante el lapso comprendido entre el 31-07-89 al 29-08-89, inclusive, con las atribuciones y deberes respectivos.-
Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese y cumplido Archivase.-
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 25 días de Julio de mil novecientos ochenta y nueve.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Número 27/89.-
