ORDENANZA N°27-1989-PEDIDO DE LICENCIA DEL INTENDENTE MUNICIPAL

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 27/89

VISTO:

         El pedido de Licencia formulado por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Juan Manuel Díaz, y

CONSIDERANDO:

          Que la citada licencia, prevé una ausencia mayor de Diez ( 10 ), días,

          Que por tal motivo, el Departamento Ejecutivo Municipal debe quedar a cargo del Concejal que ocupa el primer lugar de la lista,

POR ELLO:

          El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de las atribuciones legales, que le otorga la Ley 3098, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Otorgase licencia al Sr. Intendente Municipal, Don Juan Manuel Díaz, a partir del día 31-07-89, y hasta el día 29-08-89, inclusive.-

Artículo 2º.- Facultase en concordancia a lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley Nº 3098, al Presidente del Honorable Concejo Deliberante, Concejal Juan Bautista Baigorria, a ejercer la Intendencia, durante el lapso comprendido entre el 31-07-89 al 29-08-89, inclusive, con las atribuciones y deberes respectivos.-

Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese y cumplido Archivase.-

                     Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 25 días de Julio de mil novecientos ochenta y nueve.- 

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones, promulga la presente Ordenanza, registrada bajo el Número 27/89.-

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