ORDENANZA N°22-1988-PEDIDO DE LICENCIA DEL INTENDENTE MUNICIPAL

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 22/88

VISTO:

           El pedido de licencia por prescripción médica presentada por el Sr. Intendente Municipal, y

CONSIDERANDO:

            Que la mencionada licencia prevé una ausencia mayor de días, ( 10 ) días,

            Que por tal motivo, el Departamento Ejecutivo Municipal, debe quedar a cargo del Concejal Primero.-

POR ELLO:

             El Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le otorga la Ley Nº 55, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Otorgase licencia al Sr: Intendente Municipal, Don Juan Manuel Díaz, a partir del día 12-07-88, y hasta el día 11-08-88, inclusive.-

Artículo 2º.- facultase en concordancia a lo dispuesto por el Artículo 12, de la Ley Nº 55, al presidente del Honorable Concejo Deliberante, Concejal Juan Bautista BAIGORRIA, a ejercer la Intendencia, durante el lapso comprendido entre el 12-07-88, al 11-08-88 inclusive, con las atribuciones y deberes respectivos.-

Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese y cumplido Archivase.-

                     Dado en la sala de sesiones del Honorable concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 08 días del mes de Julio de mil novecientos ochenta y ocho.-

POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones promulga la presente Ordenanza, Registrada bajo el Nº 22/88.-

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