ORDENANZA N°22-1988-PEDIDO DE LICENCIA DEL INTENDENTE MUNICIPAL
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 22/88
VISTO:
El pedido de licencia por prescripción médica presentada por el Sr. Intendente Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada licencia prevé una ausencia mayor de días, ( 10 ) días,
Que por tal motivo, el Departamento Ejecutivo Municipal, debe quedar a cargo del Concejal Primero.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus facultades legales, que le otorga la Ley Nº 55, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Otorgase licencia al Sr: Intendente Municipal, Don Juan Manuel Díaz, a partir del día 12-07-88, y hasta el día 11-08-88, inclusive.-
Artículo 2º.- facultase en concordancia a lo dispuesto por el Artículo 12, de la Ley Nº 55, al presidente del Honorable Concejo Deliberante, Concejal Juan Bautista BAIGORRIA, a ejercer la Intendencia, durante el lapso comprendido entre el 12-07-88, al 11-08-88 inclusive, con las atribuciones y deberes respectivos.-
Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Regístrese y cumplido Archivase.-
Dado en la sala de sesiones del Honorable concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 08 días del mes de Julio de mil novecientos ochenta y ocho.-
POR LO TANTO: El Intendente Municipal de la localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, en uso de sus atribuciones promulga la presente Ordenanza, Registrada bajo el Nº 22/88.-
