ORDENANZA N°09-1987-NO SE HA DESIGNADO TRIBUNAL ELECTORAL
Honorable Concejo Deliberante
ORDENANZA 09/87
En la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, siendo las dieciocho horas quedan transcriptos las siguientes Ordenanzas, aprobadas mediante Acta Nº 09/87.-
VISTO:
El artículo 14º de la ley 55, y
CONSIDERANDO:
Que la citada norma prevé la designación del tribunal Electoral, que se compondrá de cinco vecinos de la localidad con una residencia no menos de cinco años, y por el juez de Paz, de la jurisdicción, que lo presidirá,
Que no se ha designado hasta la fecha el Tribunal Electoral de esta Corporación Municipal,
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la localidad de José de San Martín, en uso de sus facultades legales, sanciona la presente.-
ORDENANZA
Artículo 1º.- Designase miembros del Tribunal Electoral Municipal, a los Sres. Bobadilla Edisto Dto. 7.327.958, Iñigo Pedro Dto. 5.357.054, Duñabeitia Paulino Dto. 7.330.591, Leiva Sebastián Dto. 7.318.212, Cruz Manuel Dto. 6.945.436, y al Sr. Juez de Paz de la Jurisdicción Don Ángel Gago, o su reemplazante natural que lo presida.-
Artículo 2º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo y al tribunal electoral provincial, notifíquese a los interesados y cumplido Archivase.-
Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 02 días del mes de Junio de mil novecientos ochenta y siete.-
