ORDENANZA N°08-1986-DEROGACIONES PRESUPUESTO GENERAL

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA 08/86

VISTO:

           El Proyecto de Cálculo y Recursos y Presupuesto General de Gastos, y 

CONSIDERANDO:

           Que se han tenido en cuenta las disposiciones reglamentarias que rigen la materia, las posibilidades de ingreso y las necesidades administrativas, y de la comunidad.-

POR ELLO:

           El Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, en uso de sus facultades, sanciona la presente.-

ORDENANZA

Artículo 1º.- Fijase en la suma de Australes Doscientos diez mil Setecientos Ochenta y Seis con Setenta Centavos (A 210.786,70 , el total de erogaciones del Presupuesto General de (Gastos) la Municipalidad para el ejercicio 1986, que se detalla en planilla anexa Nº1, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

Artículo 2º.- Estimase en la suma de Australes Doscientos Diez mil Setecientos Ochenta y Seis con Setenta Centavos ( A 210.786,70 ), el cálculo de Recursos destinado a atender las erogaciones a que se refiere el Artículo 1º, de acuerdo al detalle que figura en planilla anexa N2º, que forma parte integrante de la presente ordenanza.-

Artículo 3º.- Fijase en Catorce ( 14 ) el número de cargos de la Planta Permantente de Personal, que se detalla en planilla anexo N3º que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

Artículo 4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, podrá disponer las reestructuraciones que considere necesario dentro del total de erogaciones fijadas en el artículo 1º con las siguientes limitaciones:

  1. El crédito para Trabajos Públicos no podrá transferirse a ningún otro destino.-

Artículo 5º.- Las erogaciones a atenderse con fondos provenientes de Recursos y/o financiamiento afectados, deberán ajustarse en cuanto a su monto y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas y no podrán transferirse, a ningún otro destino, quedando el Departamento Ejecutivo Municipal, facultado para reestructurar el Presupuesto incorporando los aportes que con destino específico realicen Organismos Nacionales o Provinciales.-

Artículo 6º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo, Cumplido Archivase.-

                          Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de José de San Martín, Provincia del Chubut, a los 21 días de mes del Mayo del año mil novecientos ochenta y seis.-

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